. Dar aviso a las autoridades de Tránsito Terrestres (INTTT) y esperar las mismas.
. Suministrar a LA EMPRESA, dentro de los cinco (5)días continuaos siguiente, un informe escrito relativo a toda las circunstancias del accidente.
. Presentar de inmediato la denuncia respectiva antes las autoridades competentes,en caso de robo o hurto, pérdida total o parcial.
. No realizar ninguna reparación de daño sin autorización de la empresa.
. No asumir la culpa del siniestro, no hacer pagos, arreglos ni transacciones con las victimas.